Es un trámite interno que se realiza a petición del contribuyente que pretende enajenar total o parcialmente un inmueble gravado con valorización y cuyo saldo adeudado es superior a 2 SMMLV, para que una vez inscrito el acto que transfiere el dominio en el folio de matrícula inmobiliaria, el saldo adeudado sea cargado al nuevo propietario.
Mixto (en línea o presencial)
Este trámite no tiene costo
Todas las personas naturales o jurídicas que requieran inscribir un acto que transfiera el dominio en el folio de matrícula inmobiliaria de un bien inmueble que se encuentre ubicado en la zona de influencia del Proyecto Valorización El Poblado y cuyo saldo adeudado sea superior a 2 SMMLV.
Al ser un trámite interno del Fondo de Valorización de Medellín, una vez evidenciada la trasferencia de dominio en el certificado de libertad y tradición, se expedirá y notificará a las partes la resolución por medio de la cual se modifica el sujeto pasivo y se traslada la contribución de valorización al nuevo propietario; será indefinida su aplicación, hasta el pago de la totalidad del saldo adeudado, o se realice otra solicitud de traslado de la contribución que cumpla los requisitos antes establecidos.
El primer requisito es estar a paz y salvo en el pago de las cuotas de la contribución de valorización en el respectivo mes de solicitud del traslado. Segundo, que el saldo de la contribución a trasladar sea superior a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Este valor aplica para cada propietario y por cada matrícula inmobiliaria, no por el valor total de la contribución del inmueble. Si el saldo de la contribución es inferior a 2 SMMLV, debe cancelar la totalidad, y solicitar el levantamiento del gravamen. Diligenciar el formulario de traslado de la contribución que lo puede obtener de manera presencial o en el siguiente enlace: https://fonvalmed.gov.co/wp-content/uploads/2021/05/Solicitud-de-Traslado.pdf , tanto comprador como vendedor deben firmar el documento con presentación personal de notaría o juzgado. Adjuntar los siguientes documentos: Si es Persona jurídica: Copia del certificado de Existencia y Representación Legal y Fotocopia del documento de identidad del representante legal. Si es Persona natural: Fotocopia del documento de identidad, tanto del vendedor como del comprador. Si es un apoderado: Poder general con nota de vigencia o poder especial donde lo faculten con todas las atribuciones legales que le permitan suscribir la solicitud de traslado de la contribución.
A. A través del correo electrónico contactenos@fonvalmed.gov.co,el cual es administrado por servicio al ciudadano, el prominente comprador o vendedor pueden solicitarlo enviando la documentación requerida. El tiempo de la aplicación de la solicitud es de 15 días hábiles, no obstante, la respuesta positiva depende de la inscripción de la escritura pública o acto que se pretende registrar en el folio de matrícula inmobiliaria. B. A través de la Atención Virtual:a través del punto de atención virtual y personalizada dispuesto por la Alcaldía de Medellín en el enlace: https://municipiodemedellinvirtual.sistemasentry.com.co/VisionWeb, y adjuntando la documentación requerida. El tiempo de la aplicación de la solicitud es de 15 días hábiles, no obstante, la respuesta positiva depende de la inscripción de la escritura pública o acto que se pretende registrar en el folio de matrícula inmobiliaria.
Estatuto de la contribución de valorización (Acuerdo 058 de 2008). Artículo 63